EN EL COLEGIO DE TRADUCTORES
PÚBLICOS, DEROGAR UN CÓDIGO IMPLICA LA VIOLACIÓN DE TODOS LOS CÓDIGOS…
En una penosa asamblea
extraordinaria, a la que no asistieron varios miles de matriculados, que
ahora son reales damnificados, los votos automáticos de los colegas
oficialistas que obtienen beneficios del Consejo Profesional a costa del
déficit y la orfandad de prestaciones a todo el resto, votó la reforma del
Código de Ética vigente, eliminando del
articulado las sanciones a conductas desleales.
Así las cosas, estimado colega
que asiste a la Biblioteca
del CTPCBA, si usted retira un libro en préstamo y le pide a los empleados un
señalador, ya no le van a dar uno con el logotipo del Colegio o de una
editorial que le hace descuentos en sus compras, sino uno que publicita a la consejera Mariotto, con su dirección de correo electrónico. Los recibirá de color
amarillo o verde. No dicen nada más. Inferimos que esto es captación de trabajo
para su agencia, empresa de traducción, venta de libros, etc. Es Bernardita
Mariotto, la Secretaria
de Actas y Matrícula.
¿Por qué no se distribuyen del
mismo modo señaladores y tarjetas del resto de los matriculados? La respuesta
será porque no son miembros del Consejo Directivo.
Estimado colega:
Éstas conductas estaban
sancionadas en el Código de Ética derogado o reformado por la presente gestión
y que dicen que vela por los derechos humanos de los matriculados. Una cosa es pregonar y otra distinta gestionar
con entereza y honorabilidad.
Como todos los mamarrachos fruto
de la vocación de modificar las leyes que engendra esta gestión y pretende que
son necesarios, nada tiene sustento legal ni se imbrica en el plexo
constitucional de nuestro Estado de Derecho.
La conducta de la Consejera Mariotto
excede a un reglamento interno del Colegio. Perjudica a cada matriculado por el
efecto cascada potencial de la mala utilización de sus privilegios en el Consejo
Profesional de los Traductores Públicos, y cabe en lo normado por la
Ley Nacional 25.156 vigente desde 1999, y
cabe en el encuadre del Cap. I art. 2
f y k; art. 3 y Cap. II art.4.
A medida que pasa el tiempo,
notamos que esta gestión cambia códigos no solo para hacer cortinas de humo
mientras vacían las arcas del Colegio, sino que también legislan a la medida de
sus ambiciones particulares, medrando con el ejercicio profesional y mediante
la competencia desleal.
Por todo esto, EN EL COLEGIO DE
TRADUCTORES PÚBLICOS, DEROGAR UN CÓDIGO IMPLICA LA VIOLACIÓN DE TODOS LOS CÓDIGOS…