jueves, 10 de mayo de 2012


EN EL COLEGIO DE TRADUCTORES PÚBLICOS, DEROGAR UN CÓDIGO IMPLICA LA VIOLACIÓN DE TODOS LOS CÓDIGOS…


En una penosa asamblea extraordinaria, a la que no asistieron varios miles de matriculados, que ahora son reales damnificados, los votos automáticos de los colegas oficialistas que obtienen beneficios del Consejo Profesional a costa del déficit y la orfandad de prestaciones a todo el resto, votó la reforma del Código de Ética  vigente, eliminando del articulado las sanciones a conductas desleales.

Así las cosas, estimado colega que asiste a la Biblioteca del CTPCBA, si usted retira un libro en préstamo y le pide a los empleados un señalador, ya no le van a dar uno con el logotipo del Colegio o de una editorial que le hace descuentos en sus compras, sino uno que publicita a la consejera Mariotto, con su dirección de correo electrónico. Los recibirá de color amarillo o verde. No dicen nada más. Inferimos que esto es captación de trabajo para su agencia, empresa de traducción, venta de libros, etc. Es Bernardita Mariotto, la Secretaria de Actas y Matrícula.

¿Por qué no se distribuyen del mismo modo señaladores y tarjetas del resto de los matriculados? La respuesta será porque no son miembros del Consejo Directivo.

Estimado colega:

Éstas conductas estaban sancionadas en el Código de Ética derogado o reformado por la presente gestión y que dicen que vela por los derechos humanos de los matriculados.  Una cosa es pregonar y otra distinta gestionar con entereza y honorabilidad.
Como todos los mamarrachos fruto de la vocación de modificar las leyes que engendra esta gestión y pretende que son necesarios, nada tiene sustento legal ni se imbrica en el plexo constitucional de nuestro Estado de Derecho.
La conducta de la Consejera Mariotto excede a un reglamento interno del Colegio. Perjudica a cada matriculado por el efecto cascada potencial de la mala utilización de sus privilegios en el Consejo Profesional de los Traductores Públicos, y cabe en lo normado por la Ley Nacional 25.156 vigente desde 1999, y cabe en el encuadre del Cap. I art. 2 f y k; art. 3 y Cap. II art.4.

A medida que pasa el tiempo, notamos que esta gestión cambia códigos no solo para hacer cortinas de humo mientras vacían las arcas del Colegio, sino que también legislan a la medida de sus ambiciones particulares, medrando con el ejercicio profesional y mediante la competencia desleal.

Por todo esto, EN EL COLEGIO DE TRADUCTORES PÚBLICOS, DEROGAR UN CÓDIGO IMPLICA LA VIOLACIÓN DE TODOS LOS CÓDIGOS…